Necesariamente Incomoda

**Llamado a despenalizar el aborto
**Baja demanda de mujeres de los estados a ILE
**Quintana Roo encabeza abortos en el sureste.
** Iniciativa del gobernador Carlos Joaquí­n, ”archivada»

Graciela Machuca Martí­nez

La presencia del covid_19 en Quintana Roo, a raí­z de la cuarentena primero y luego el permanente confinamiento, ha provocado un mayor riesgo de la vida de las mujeres que deciden interrumpir su embarazo.

Así­ se arriba al 2020, hoy en el marco del Dí­a de Acción Global por el acceso al Aborto Legal y Seguro, o el Dí­a por la Despenalización y Legalización del Aborto, que se celebra este lunes 28 de septiembre para exigir al congreso y al gobierno garantizar el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo el panorama no es nada alagueí±o.

El confinamiento ha llevado que las mujeres de manera clandestina decidan viajar bajo el riesgo de sus propias vidas a quedarse en su estado, con menos riesgo de transporte, pero mayor riesgo de sus vidas al acudir clandestinamente con las comadronas, parteras o clí­nicas que practican el aborto ante una ley que prohí­be a las mujeres en el Estado practicarse de manera legal el procedimiento quirúrgico.

Hoy, en medio de la crisis sanitaria, las quintanarroenses siguen sufriendo más agravios.
Sin duda, los embarazos se incrementan en el Estado, por un lado, debido a que las mujeres viajaban a la ciudad de México, donde el aborto es legal, pero la pandemia ha sido un obstáculo de miedo ante la presencia de coronavirus.

BAJA DEMANDA DE ILE EN CDMEX DE LOS ESTADOS

De acuerdo a las declaraciones de la gerente de servicios médicos de la Fundación Mexicana para la Planeación Familiar (MEXFAM. AC)Adriana Domí­nguez Torres, opinión vertida a la Agencia de Informativa Comunicación e Información para la Mujer (CIMAC) en el mes de abril, dio cuenta como las usuarias foráneas que solicitan la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) ha bajado durante la contingencia sanitaria. Mientras que la constante de las usuarias de la CDMX se mantiene, solo algunos estados han acudió en baja proporción a solicitar el servicio. Quintana Roo, al igual que el Estado de México, Guanajuato, Querétaro y Morelos acuden a solicitar el servicio pero este en el contexto global ha disminuido en un 23% .

Mientras las mujeres realizaron acciones de exigencia al Estado para garantizar un derecho humanos de las mujeres, en el Estado se implementan acciones para fortalecer el Modelo de Prevención en el marco de los embarazos en adolescentes

En Quintana Roo, en abril de 2009 fue aprobada una Ley para ”proteger la vida desde la concepción» mejor conocida como ”Ley Pií±a», es decir, esta tipificado y quien lo practique estará en la ilegalidad , y puede ser sancionado

En la pagina del gobierno estatal, se coloca información que da cuenta de la trascendencia de la fecundidad. Seí±ala que en México, la tasa global de fecundidad adolescente, referida a mujeres de entre 15 y 19 aí±os, muestra un incremento de casi 6 puntos en comparación con los datos de 2009.

Con fuentes de INEGI, de la encuesta Intercensal 2015 Quintana Roo, al realizar un comparativo del 2009 y 2014, y detecto que en Quintana Roo las mujeres en edad fértil (15 a 49 aí±os) tienen en promedio 1.6 hijos. La tasa de fecundidad en el rango de 15 a 19 aí±os disminuyó del 2009 al 2014 2.2% de 60.7 a 58.5, sin embargo, dice la dependencia, ”cinco municipios se encuentran arriba de ese promedio, de los cuales destacan Felipe Carrillo Puerto, José Marí­a Morelos y Bacalar con dos y más hijos. En el otro extremo se encuentran Benito Juárez y Solidaridad con 1.5 y 1.4 hijos respectivamente.

Y para efecto de dar información puntual a las mujeres, en paginas de redes sociales como https://www.clinicasabortos.mx/ley-aborto-quintana-roo, da cuenta sobre los supuestos en los que permite la Ley interrumpir el embarazo.

EL CODIGO PENAL DE QUINTANA ROO

Y da cuenta como el código penal del Estado se refiere al aborto:

Art 92. Para los efectos de este Código, aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo intrauterino.
Art 93. A la mujer que se le procure el aborto o consienta en que otro la haga abortar, se le impondrá de seis meses a dos aí±os de prisión. Igual pena se aplicará al que haga abortar a la mujer con consentimiento de ésta. Art 94. Al que haga abortar a una mujer sin el consentimiento de ésta, se le aplicará de tres a ocho aí±os de prisión, y si mediare violencia, de cuatro a nueve aí±os. Art 95. Si en el aborto punible interviniere un médico, partero o enfermero, se le suspenderá, además, en el ejercicio de su profesión, de dos a cinco aí±os.
Art 96. Tratándose de la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, el juez podrá aplicar hasta una tercera parte del máximo de la pena prevista en el artí­culo 93, cuando sea equitativo hacerlo, considerando lo dispuesto en el artí­culo 52, y especí­ficamente, en su caso, el estado de salud de la madre, su instrucción o condiciones personales, su situación económica, su edad, las circunstancias en que se produjo la concepción, el tiempo que hubiese durado el embarazo, el desarrollo y caracterí­sticas del producto, el consentimiento otorgado por el otro progenitor, cuando éste viva con la madre y cumpla las obligaciones inherentes a la unión, y, en general, todos los elementos conducentes a resolver equitativamente el caso de que se trate.
Art 97. El aborto no será punible: I. Cuando sea resultado de una conducta culposa de la mujer embarazada. II. Cuando el embarazo sea resultado de una violación, que haya sido denunciada ante el Ministerio Público, y siempre que el aborto se practique dentro del término de 90 dí­as de la gestación. III. Cuando a juicio de cuando menos dos médicos exista razón suficiente para suponer que el producto padece alteraciones genéticas o congénitas, que den por resultado el nacimiento de un ser con trastornos fí­sicos o mentales graves,
IV. Cuando a juicio del médico que atienda a la mujer embarazada, sea necesario para evitar un grave peligro para la vida.
El colectivo, Marea Verde, en Quintana Roo afinó una propuesta ante el Congreso del Estado, que corrige y agrega a dos iniciativas que le anteceden, una de la diputada Sonia López Cardiel, de octubre del 2018 y la del gobernador Carlos Joaquí­n González, de abril de 2017. En ambas se refieren a modificaciones para evitar tipificar y sancionar a las mujeres que decidan interrumpir legalmente su embarazo. Ambas leí­das y pasada al pleno y a las comisiones, estas no han sido publicadas.

La iniciativa del Gobernador es hasta ahora, una de las más avanzadas, comparadas con la de otras entidades y que poco se difundió y por lo tanto, las mujeres sin duda desconocí­an, salvo las organizaciones sociales feministas que hoy retoman e impulsan. Incluso, la iniciativa del gobernador no se puede localizar en la pagina oficial electrónica del Congreso del estado.
QUINTANA ROO ENCABEZA ABORTOS EN EL SURESTE
Hasta el 2019, Quintana Ro, encabezaba el indice de aborto en el sureste. Es decir, en declaración de la diputada Ana Ellamin Pamplona Ramí­rez, Quintana Roo es el estado que liderea al sureste con mas abortos practicados, sin acudir a las clinas de la ciudad de México a la Interrupcion Legal del Embarazo.

Hoy de nuevo la exigencia para que el Estado Garantice el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo y haga valer la resolución de la Corte en el 2018, que resolvió a través de Amparo en Revisión 1170/2017, que las instituciones de salud deben contar con polí­ticas de salubridad para atender, sin dilación alguna, casos urgentes de interrupción legal del embarazo en caso de violación.
Y en el 2019, mediante el Amparo en Revisión 1388/2015, la Corte concedió el amparo a una mujer que reclamó la negativa de diversas autoridades de una institución pública de salud en la Ciudad de México, a realizar la interrupción de su embarazo por razones médicas.

Con la carpeta FGE/QR/MPJMM/ATP/11/232/2018 quedó archivada el caso de Jazmí­n quien era una muchacha amable, alegre y jovial, así­ la describe Fanny quien fuera su compaí±era de escuela, y vecina del poblado de PolYuc. Fanny perdió a su amiga Jazmí­n al morir por un aborto mal practicado.

El 25 de noviembre de 2018 Jazmí­n acudió por su propio pie a la clí­nica propiedad del Doctor Luis Tun Sandoval, y que fue atendida personalmente por el mismo dueí±o, donde se le realizó de forma ilegal un aborto que en el Estado de Quintana Roo esta tipificado y criminalizado el aborto para mujeres quienes no tienen dinero para pagar atención de calidad para ejercer su derecho voluntario a decidir.

Así­ Jazmí­n se practicó un legrado sin que el médico siguiera las indicaciones medicas esenciales y reglamentarias, por lo que le dio de alta después de realizar el procedimiento quirúrgico. ”Llévenla, llévenla, cualquier cosa me avisan» les dijo el médico, se la llevaron, pero ella perdió la vida minutos después, derivado de una mala cirugí­a, advierte la madre de la extinta joven ” pese a que le llamamos (al medico) e insistimos nunca respondió al teléfono celular en el mismo numero que antes dio la cita.

Así­ fue la muerte de una mujer indí­gena de 19 aí±os procedente de una comunidad maya por un aborto ilegal realizado el 25 de noviembre de 2018 en la cabecera municipal de José Marí­a Morelos, debido a la negligencia medica ocasionada por el propio doctor Tun Sandoval refiere la madre de Jazmí­n donde las propias autoridades no le han dado el tramite legal a efecto de salvaguardar los derechos y garantí­as de quien en vida llevara nombre de Jazmí­n Guadalupe Pasos Canul.

Graciela Machuca

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