Tribunal Electoral reconoce derechos políticos de la sindica de Bacalar; se demostró que el cabildo actuó fuera de la ley

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Necesariamente Incómoda

Graciela Machuca Martínez

La decisión machista y con violencia en contra de una mujer que tomó el pasado 11 de julio el Cabildo de Bacalar, cuando por mayoría retiró las funciones de apoderada legal de este Ayuntamiento a la sindica municipal, Juana Vanessa Piña Gutiérrez, vino a mostrar las actitudes caciquiles y autoritarias con que se gobierna en ese municipio, donde los derechos humanos están fuera de la agenda y la forma de pensar de las autoridades municipales.

Al presidente municipal de Bacalar José Alfredo Contreras Méndez, no es improvisado en la política como lo documenté en una entrega anterior para este espacio, pero su forma de pensar anacrónica lo ha llevado a vulnerar derechos humanos de mujeres, porque su mentalidad patriarcal está todo lo que da, aún se comporta como los caciques priistas de horca y chuchillo del Siglo XX.

Lo cuestionable del asunto es que tiene la complicidad de un Cabildo que acta sus decisiones sin protestar, a pesar de que muchas de ellas están basadas en el abuso del poder y la exclusión de los diversos sectores de la población de ese municipio.

Por sentido común y por elemental conocimiento del Derecho Constitucional se le advirtió que la decisión de retirarle la representación legal del Ayuntamiento a la Sindica Municipal era una aberración jurídica que va en contra de los derechos políticos de la servidora pública, además, que representa una acción de violencia política por razón de género, aunque en su formación no se encuentren estos conceptos, toda vez que cuando se dirige a las mujeres las trata de manera despectiva y grosera.
Ante estas circunstancias, la funcionaria afectada solicitó la intervención del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), al presenta una queja por violencia política en razón de género.

La mayoría de hombres de la clase política de Quintana Roo no han entendido que la equidad de género no es hablar de la igualdad de los derechos de hombres y mujeres, sino que además, existen las auténticas medidas afirmativas, primero para reconocer esos derechos, llevarlos a la práctica, porque no se puede tratar a las personas desiguales.

Los derechos de las mujeres deben usarse solo como piezas decorativas en los discursos, sino llevarlos a la práctica, pero al presidente municipal de Bacalar le queda muy lejos esa práctica, porque a pesar de las décadas que se lleva en la formación de una cultura de la equidad, a él aún le parece normal violentar a las mujeres, desde la forma de expresarse de ellas, como en su trato.

Pero este ocho de agosto, el referido órgano jurisdiccional le dio una lección de que en este país las cosas van cambiado y que por lo menos en la ley existe normas que obligar a toda persona servidora pública a no violentar a las mujeres por razón de género.

Un comunicado del Tribunal Electoral de Quintana Roo, da a conocer que su pleno, por unanimidad de votos determinó restituirle la totalidad de las atribuciones que por Ley se le confieren a la Síndica Municipal del Ayuntamiento de Bacalar.

Lo anterior, al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/023/2022 y su acumulado JDC/024/2022, que fueran presentados por Juana Vanessa Piña Gutiérrez en contra de la determinación de revocarle su carácter de apoderada jurídica del Ayuntamiento de Bacalar, aprobada en la Primera Sesión Extraordinaria de Cabildo celebrada el 11 de julio del año en curso, y el Acta de Acuerdos que deriva de la referida sesión, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, el 19 de julio de 2022.

Lo anterior, debido a que no quedó plenamente acreditada la existencia de algún conflicto de intereses entre el Ayuntamiento y la Síndica Municipal para que le fuera revocadas sus atribuciones como apoderada jurídica del Ayuntamiento de Bacalar.
El pleno del Tribunal aclaró que no obstante, “de haberle restituido en su totalidad sus derechos político electorales, respecto a la violencia política contra las mujeres en razón de género, dicho agravio no se acreditó, ya que en ningún momento se realizaron acciones tendentes a limitar o menoscabar el ejercicio de sus funciones por el hecho de ser mujer, por lo que fue declarado inexistente”.

Por lo que se resolvió revocar el Acuerdo del Cabildo aprobado por el Ayuntamiento de Bacalar, por medio del cual le revocan el carácter de Apoderada Jurídica a la Síndica Municipal, de fecha 4 de agosto del presente año y restituir a la Síndica Municipal, Juana Vanessa Piña Gutiérrez, el carácter de Apoderada Jurídica.

Asimismo, al no acreditarse la violencia política de género, el Pleno dejó sin efectos las medidas de protección otorgadas a la actora mediante el Acuerdo Plenario del 19 de julio del año en curso, ordenando al Ayuntamiento del Municipio de Bacalar, publicar por el término de 72 horas la presente sentencia, en el sitio Oficial del Ayuntamiento y apercibiéndolo, que de no cumplir con los efectos establecidos en la presente sentencia se les impondrá alguna de las medidas de apremio previstas por el artículo 52 de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

En este asunto, la Magistrada Claudia Carrillo Gasca emitió un voto concurrente, por disentir de algunas de las consideraciones señaladas en el proyecto.

Por otra parte, respecto al Recurso de Apelación RAP/034/2022, que fuera presentado por Angy Estefanía Mercado Asencio en contra del Director Jurídico del Instituto Electoral de Quintana Roo y el Acuerdo dictado por éste, mediante el cual desecha las quejas relativas a los expedientes IEQROO/PESVPG/004/2022 y su acumulado IEQROO/PESVPG/005/2022, el Pleno por unanimidad de votos determinó revocarlo, dado que la autoridad responsable atribuyó indebidamente la carga de la prueba a la denunciante, cuando en la materia, la autoridad administrativa –IEQROO- debe sustanciar debidamente el procedimiento, garantizando la máxima protección de los derechos de las víctimas.

Si bien es cierto, el Tribunal consideró que no existió violencia política en razón de género en contra de la sindica municipal de Bacalar, lo cierto es que si la víctima no hubiera solicitado la intervención de esta instancia, sus derechos políticos no se hubieran respetado.

La mayoría del pleno consideró que no se dio la violencia política al retirarle la faculta de ser la apodera legal del Ayuntamiento, desde luego que de llegar este caso al Tribunal Federal, las consideraciones y argumentos pueden ser otros, mientras tanto en Quintana Roo se acaba de documentar un caso más de la ilegalidad con que actúan autoridades municipales porque para ellas, los derechos humanos no existen, menos si se trata de mujeres.

Graciela Machuca

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