Poder Judicial de Quintana Roo protege a acusado de violación, mientras que desestima los derechos de la víctima y resuelve sin perspectiva de género 

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Necesariamente Incómoda

Graciela Machuca Martínez 

La violencia contra las mujeres se ha convertido en un tema para justificar presupuestos públicos, para adornar discursos político-electorales y darle trabajo a las personas incondicionales de la clase política gobernante, sin embargo, las historias reales del fracaso de las políticas públicas en la materia se multiplican por todo el país, mientras las víctimas son revictimizadas a tal grado, que muchas de ellas pierden la vida a manos del agresor, a quien ninguna autoridad quiso sancionar o reeducar. 

En Quintana Roo, es urgente que las instituciones trabajen de manera coordinada para priorizar los derechos de las víctimas y respetar los derechos de los indiciados, pero no seguir permitiendo que agentes del Ministerio Público, jueces y magistrados se olviden que el acceso a la justicia es un derecho humanos y que no se puede dejar en segundo término cuando la víctima es una mujer, porque hay legislación y resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que se debe juzgar con perspectiva de género y debida diligencia.

Yamilet N. ha sufrido violencia de diversa índole de parte de Roque N, desde que se casaron hace 21 años. Violencia doméstica, violencia física, violencia psicológica, violencia económica, así como violencia sexual, pero todas las evidencias que ha presentado para acreditar su dicho por violencia doméstica y violencia sexual no han sido suficientes para que el Poder Judicial actúe en consecuencia. 

En el año 2022, Yamilet tomo la decisión de presentar una denuncia penal por violencia familiar en la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Mujer y por Razones de Género, en contra de Roque, su esposo.

En respuesta, el agresor presentó denuncia penal por robo en contra de Yamilet, luego que ella decidió salir de la casa que compartían ante la violencia permanente. Roque, hasta el momento no ha podido acreditar su dicho, solo ha presentado ante el juez fotografías de los objetos supuestamente robados, pero sin acreditar la propiedad con las respectivas facturas. 

Acusó a Yamilet de robar alhajas, dólares y aparatos electrónicos, pero ella ha demostrado que en la fecha del supuesto robo ella ya no estaba en la casa y tampoco regresó por temor a ser agredida físicamente como ocurría constantemente. 

El esposo golpeador argumenta que lo robado lo cubre un seguro que tiene para toda su casa, por lo que se investiga si la compañía aseguradora ya le pagó y así, la denuncia penal ya no tendría razón de ser, ya que fue presentada únicamente para presionar a Yamilet y desista de pedir que continue el juicio por violencia familiar y ahora uno por violación por el cual está sujeto a proceso. 

El 17 de febrero de 2023 se inició una carpeta de investigación por el delito de violación en agravio de Yamilet, en contra de Roque, ante la Fiscalía Especializada en Delitos en Contra de la Libertad Sexual y el Desarrollo de la Personalidad, de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo, una nueva etapa que ha sido un calvario para Yamilet, porque desde el Poder Judicial de Quintana Roo se han encargado de priorizar los derechos del acusado y dejar en el burocratismo y la negligencia los derechos de la víctima.

El 23 de agosto de 2023, en el municipio de Solidaridad, el juez de control Luis Ernesto Gabourel García, vinculó a proceso por el delito de violación a Roque y le fijó la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa. 

El acusado se encontraba en la audiencia y en el audio quedó asentado lo que determinó el juez de control: “…toda vez que el imputado se encuentra presente se le otorga un término de 24 horas, contados a partir de este momento, siendo las 12:45 minutos del día 23 de agosto de 2023, en caso de ser omiso en dicho requerimiento será ingresado por la Policía Ministerial sin necesidad de realizar un ulterior acuerdo, quedando a cargo del Ministerio Público…”. 

De esta manera, el juez le dio la oportunidad de que no fuera internado en el reclusorio, como lo mandataba su propia medida cautelar oficiosa. 

Desde luego que el imputado no se presentó al penal en el término de 24 horas, tiempo que aprovecharon los abogados para conseguir un amparo, no por la vinculación a proceso, la cual estaba justificada, sino por la medida cautelar. A la siguiente audiencia se presentó amparado y de esta manera a seguido el proceso. 

El 25 de agosto de 2023, la defensa promovió recurso de apelación en contra de la resolución dictada el 23 de agosto de 2023. 

El 15 de noviembre de 2023, se notificó la resolución del recurso de apelación promovido por la defensa particular del imputado, en la que se deja sin efectos la resolución del 23 de agosto de 2023, es decir el auto de vinculación y su medida cautelar. 

Le correspondió al maestro en Derecho, Carlos Alejandro Lima Carvajal, magistrado de la Novena Sala Especializada en Materia Penal Oral, con sede en Cancún, resolver, por ello, revocó el auto de vinculación a proceso de fecha 23 de agosto del 2023. También revocó la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa. Para llegar a estas resoluciones se olvidó de la perspectiva de género, un tema que al señor magistrado no le importa. 

Además, ordenó a la agente del Ministerio Público, que suspendiera de inmediato las gestiones que estuviera haciendo para lograr que el acusado fuera aprendido y conducido al penal, como lo ordenó el juez en su momento, “…con el fin de no vulnerar los derechos del imputado en cita”. 

Su único argumento es que se tiene conocimiento de un juicio de amparo indirecto interpuesto por el acusado ante el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado, en contra de la imposición de la medida cautelar consistente en prisión preventiva oficiosa, misma que se encuentra en proceso de resolver, dada las constancias que integran el cuadernillo del amparo. 

La asesoría jurídica de la señora Yamilet promovió amparo en contra de la resolución notificada el 15 de noviembre de 2023. En el incidente de suspensión del 21 de diciembre de 2023, se tuvo por cumplida, se admitió a trámite y se resolvió negar la suspensión provisional.  

El 17 de enero de 2024, se resolvió negar la suspensión definitiva toda vez que ya fue emitido, por lo que le reviste el carácter de consumado.  

Con todos estos vericuetos legaloides se encuentra pendiente la resolución del juicio. A la víctima lo que le queda es reiniciar la querella, porque el Poder Judicial de Quintana Roo, decidió proteger a un hombre golpeador y violador. 

Este es solo un asunto de los muchos que se resuelven en Quintana Roo sin perspectiva de género, el Poder Judicial debe ser auditado por la ciudadanía y las organizaciones civiles estatales y nacionales. 

E incluso, casos como el de la señora Yamilet, deben ser llevados a organismos internacionales como es la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y agencias de la Organización de las Naciones Unidas encargadas de proteger derechos de las mujeres, ya que las instituciones mexicanas, sólo muestran negligencia para encubrir la falta de compromiso con la obligación del Estado de salvaguardar la integridad física, psicológica y jurídica de las mujeres.

Graciela Machuca

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