Bancos pueden embargar salarios de deudores

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COMUNICADO DE PRENSA
Preocupa a Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos en Méxicohostigamiento y difamación contra la académica y defensora de DHClemencia Correa
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Reconoce RNDDHM el precedente que sienta la UACM para poner fin a laviolencia contra las mujeres en espacios universitarios, creando los mecanismoscorrespondientes que permitan el respeto y la defensa de los derechos de laspersonas que laboran en dicha institución.
12 de mayo de 2014.
La Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos en México (RNDDHM) conformada por135 defensoras de derechos humanos de 19 estados de la República y el Distrito Federal,manifiesta su preocupación por la campaí±a de difamación y desprestigio contra la profesora ydefensora de los derechos humanos Clemencia Correa, luego de que se hiciera pública laresolución de la denuncia que interpuso por el hostigamiento sexual y laboral de la que fue objetopor parte del Dr. José Enrique González Ruiz.Con dicha campaí±a se pretende menospreciar el derecho a una defensa adecuada, así­ comodeslegitimar la impecable trayectoria académica y en defensa de los derechos humanos de laMtra. Correa, quien además es integrante de nuestra RNDDHM.Después de un minucioso proceso jurí­dico de investigación, que inició formalmente el pasado 3 de junio de 2013, la UACM dio a conocer su resolución e hizo pública la destitución del Dr. GonzálezRuiz, como coordinador de dicho Posgrado, el pasado 5 de mayo de 2014. La UACM resolvió queel Dr. González Ruiz es responsable de hostigar sexual y laboralmente a Clemencia Correa,también fundadora de la organización Proyecto de Acompaí±amiento Psicosocial Aluna; y dehostigar sexualmente a la Mtra. Marí­a del Carmen Rodrí­guez Sánchez; ambas académicasdel Posgrado de Derechos Humanos que era coordinado por el académico.Luego de la resolución condenatoria del delito cometido por el Dr. González Ruiz contra lasacadémicas, ambas han sido objeto de actos intimidatorios así­ como de campaí±as de difamación ydesprestigio dentro de la comunidad universitaria y en los medios de comunicación los cualespretenden menoscabar su trayectoria y deslegitimar su denuncia.Como RNDDHM, reconocemos
la resolución de la Junta Aclaratoria de la UACM como unelemento que sienta un precedente encaminado a poner fin a la violencia contra las mujeres enespacios universitarios y que hace visible los diversos tipos de violencia a los que nos enfrentamoscomo mujeres y defensoras de derechos humanos. Asimismo, reconocemos la valentí­a y calidadética de las Mtras. Correa y Rodrí­guez, al iniciar y dar seguimiento al proceso de demanda durantelos 11 meses transcurridos.

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CIUDAD DE Mí‰XICO, 12 de mayo.- A partir de marzo de este aí±o, las instituciones financieras del paí­s podrán interponer un juicio mercantil para que a los deudores se les embarguen sus sueldos para garantizar el saldo del compromiso adquirido.

Raymundo Tenorio Aguilar, director de las carreras de Economí­a de la Escuela de Negocios del Tecnológico de Monterrey  campus Santa Fe, explicó que las deudas mercantiles y civiles pueden ser desde una renta, la que se tiene con una tarjeta de crédito, un crédito hipotecario, o bien un crédito comercial.

Es importante que no te dejes engaí±ar, ya que un cobrador no puede amenazarte con el secuestro de tu sueldo, como se le llama a esta acción. Para que ello proceda tienen que pasar cosas previas como:

Que hayas dejado de pagar algún crédito mercantil o civil.

-Tu acreedor debe establecer un juicio mercantil para solicitar el embargo que garantice el pago

-El juez encargado del juicio debe resolver a favor del acreedor y ordenar el embargo de tu sueldo.

Así­ que mucho ojo si algún cobrador o despacho de cobranza te quiere intimidar bajo este argumento.

¿Cuánto se retiene?

Tenorio Aguilar explica que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que sólo el equivalente al salario mí­nimo está exento de embargo y del resto sólo se puede retener hasta 30 por ciento para el pago de las deudas mercantiles y civiles.

Por ejemplo, si una persona gana diez mil pesos al mes, el monto del que estará exento son dos mil pesos, ya que es lo que representa aproximadamente el salario mí­nimo mensual, es la reserva que le queda al trabajador para subsistir.

De los restantes ocho mil pesos sólo puede embargarse hasta 30 por ciento, lo que aproximadamente representa dos mil 400 pesos.

Así­ recurrentemente hasta que la deuda sea saldada, explica el especialista del Tecnológico de Monterrey.

En el caso de personas a las cuales ya se les realice un descuento por pensión alimenticia, primero se realiza el descuento del salario mí­nimo y después el monto de la pensión, y es a partir del dinero restante del cual se hace el cálculo para el embargo.

Antes la ley sólo permití­a que se embargaran los salarios de los trabajadores en casos excepcionales, con el pago de pensiones alimenticias o por el Servicio de Administración Tributaria.

Para que se pueda cumplir con el embargo es necesario que el trabajador sea asalariado para que el juez pueda ordenar al patrón que se le haga el descuento para pagar sus deudas, explicó Tenorio Aguilar.

Para no llegar a un  juicio

El catedrático del Tecnológico del Monterrey ofrece algunos consejos para que tu situación no llegue a un juicio mercantil por parte de tu acreedor.

  • Negocia. Si estás ante una situación de falta de liquidez llega a un acuerdo con tu acreedor. Las opciones que tienes son un plan personal de pagos, una reestructuración o una quita.
  • El plan personal de pagos es para personas que no han fallado en sus pagos pero que enfrentan algún problema que no les permitirá pagar. En ese caso, la opción que se ofrece es un pago más pequeí±o a una tasa menor, y a este pago se le incluyen los intereses; puede ser un plazo más largo para pagar. Este acuerdo no tiene ningún tipo de repercusión en tu historia crediticia.
  • La reestructuración es para personas que ya tienen algún retraso en su deuda, y es el mismo esquema que el plan personal de pagos; sin embargo, una reestructuración sí­ será registrada en tu historial crediticio.
  • La quita es un descuento que se hace de tu adeudo. Es muy variable dependiendo de la institución financiera y un pago único que debes realizar. Se recomienda que sea tu última alternativa, porque aparece en tu historial crediticio y puede daí±arlo por lo menos seis aí±os, de acuerdo con el académico de Tec de Monterrey.
  • Recuerda que, como dice Wolfgang Erhardt Varela, vocero nacional de la SIC Buró de Crédito, el negocio del crédito está basado en la confianza: si tú le haces saber a tu acreedor que tu intención es pagar podrás encontrar una solución a tu problema en particular.

A considerar

La SCJN autorizó desde el 26 de marzo el embargo de los sueldos, pero será a partir de julio cuando los bancos y otros intermediarios financieros que dan crédito contarán con juzgados especializados para recuperar los adeudos.

La Constitución establece que el salario no puede ser sujeto de embargo, compensación o descuento alguno, pero se refiere expresamente al salario mí­nimo.

Graciela Machuca

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