Oaxaca: Desaparece la Procuraduría Para la Defensa del Indígena
RACIEL MARTINEZ
Al aprobarse por la LXII Legislatura la Ley de la Defensoría Pública del Estado de Oaxaca, desaparece la Procuraduría para la Defensa del Indígena y Grupos Vulnerable, y todo el personal adscrito y los recursos materiales se trasladan a la Defensoría Pública, respetando todos los derechos laborales.
Corresponderá a la Defensoría Pública asesorar en las materias civil, mercantil, agraria, administrativa y constitucional a las personas que lo soliciten, y patrocinarlas ante los juzgados cuando estas carezcan de recursos económicos para contratar un licenciado en derecho particular, o intervengan adolescentes, incapaces o miembros de una comunidad indígena.
En la nueva institución no habrá cabida para los abogados pasantes. Será requisito indispensable tener título de Licenciado en Derecho y contar con cédula profesional. Además, conocimientos de las lenguas y culturas indígenas del Estado de Oaxaca.
Para lo anterior, los actuales defensores que no han concluido sus estudios profesionales tendrán las facilidades para terminar.
La ley aprobada el pasado jueves, forma parte de un paquete presentado por el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia, Alfredo Rodrigo Lagunas Rivera y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado.
Es parte de la armonía con las reformas constitucionales en el ámbito federal, y en el caso de Oaxaca de la transformación del sistema de justicia penal, al incorporar el sistema acusatorio y oral, tanto para adultos como para adolescentes que cometen hechos con características de delitos en varias regiones.
La Defensoría Pública es un órgano descentralizado de la administración pública paraestatal del Estado, con personalidad jurídica, patrimonio propio; con facultad de decisión, competencia específica, independencia técnica, funcional, operativa y autonomía presupuestaria.
El dictamen aprobado por las y los legisladores destaca que la Defensoría Pública será regida por una Junta de Gobierno integrada por el titular de la Secretaría General de Gobierno, quien se desempeí±ará como presidente ejecutivo; y tres vocales que serán los titulares de la Secretaría de Administración, Secretaría de Asuntos Indígenas y de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca.
La Junta de Gobierno podrá invitar, por la naturaleza de los asuntos a tratar, a personas, instituciones y representantes de la sociedad civil que puedan exponer conocimientos y experiencias.
Y con el fin de garantizar el acceso a la justicia a la población indígena, y para dar cumplimiento a diversas determinaciones emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en lo referente a personas indígenas que intervienen en un proceso penal, se pretende abandonar las prácticas inadecuadas de la designación de interpretes de manera improvisada, pues en muchas ocasiones la persona que se designa no conoce realmente la cultura y lengua.
La nueva ley establece la creación de una Unidad de Intérpretes en las lenguas indígenas que entrará en funcionamiento cuando exista el presupuesto necesario para ello.
Con la ley aprobada –bajo la firma de la Comisión Permanente de Administración de Justicia conformada por los representantes populares Gerardo García Henestroza, Adolfo García Morales, Jaime Bolaí±os Cacho Guzmán, Juanita Arcelia Cruz Cruz y Carlos Alberto Ramos Aragón–, se abroga la Ley Orgánica de la Procuraduría para la Defennsa del Indígena, emitida mediante decreto 210, publicado el 8 de octubre de 1994.
El dictamen establece, en su transitorio, que la Ley de la Defensoría Pública entrará en vigencia 180 días después de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.