Yucatan: Indignación A.C. encubrimiento es también un crimen Investigar tortura en Temax, obligación

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Me voy a morir. Después de lo que me hicieron los policí­as sé que no voy a vivir, son palabras dichas por William Roberto Chan Cob a sus familiares que lo visitaron en la cárcel municipal de Temax el 22 de mayo de 2016. Falleció horas después.

William Roberto fue detenido el sábado 21 de mayo por la tarde. Vecinos escucharon gritos y observaron la violencia con la que fue detenido. De acuerdo con testimonios recabados, desde el momento de la detención fue golpeado fuertemente por policí­as municipales.

”Roberto tení­a la cara muy hinchada por los golpes, le dolí­a el estómago, se quejaba, apenas podí­a estar parado. Habí­a vomitado sangre con pequeí±os coágulos.» Es otro de los testimonios recogidos por Indignación en entrevistas a familiares y vecinos de Roberto.

Los familiares insistieron ante los policí­as que custodiaban la cárcel municipal que William Roberto requerí­a atención médica, pero en este caso parece haber algo mucho más grave que omisiones y no sólo de parte de los policí­as municipales, sino también de quienes tienen la obligación de investigar.

De acuerdo con los testimonios recogidos, hace algunos meses William Roberto fue golpeado fuertemente por los policí­as municipales de Temax, también al ser detenido.

Que una persona fallezca en un centro de detención obliga a sospechar e investigar tortura, tal como se deriva del Informe sobre la visita a México del Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de la ONU, publicado con motivo de su visita a México en el aí±o 2008.

En vez de eso, las autoridades ministeriales parecen apresurarse en determinar que no hubo tortura sin que medie una investigación, lo cual de inicio les harí­a incurrir en responsabilidad si han omitido acciones sensibles para una correcta investigación en un caso de tortura y el protocolo que debe seguirse en estos casos.

Los Principios relativos a la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, adoptados por la Asamblea General en su resolución 55/89 Anexo, de 4 de diciembre de 2000, establecen que

2. Los Estados velarán por que se investiguen con prontitud y efectividad las quejas o denuncias de torturas o malos tratos. Incluso cuando no exista denuncia expresa, deberá iniciarse una investigación si existen otros indicios de que puede haberse cometido un acto de tortura o malos tratos. Los investigadores, que serán independientes de los presuntos autores y del organismo al que éstos pertenezcan, serán competentes e imparciales. Tendrán autoridad para encomendar investigaciones a expertos imparciales, médicos o de otro tipo, y podrán acceder a sus resultados. Los métodos utilizados para llevar a cabo estas investigaciones tendrán el máximo nivel profesional y sus conclusiones se harán públicas.

De acuerdo con la Convención Interamericana de Derechos Humanos ”…se entenderá por tortura todo acto realizado intencionalmente por el cual se inflijan a una persona penas o sufrimientos fí­sicos o mentales, con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medida preventiva, como pena o con cualquier otro fin. Se entenderá también como tortura la aplicación sobre una persona de métodos tendientes a anular la personalidad de la ví­ctima o a disminuir su capacidad fí­sica o mental, aunque no causen dolor fí­sico o angustia psí­quica».

Indignación ha documentado que la tortura en Yucatán es un crimen que distintos cuerpos policí­acos cometen sistemáticamente y que, lamentablemente, es también sistemáticamente encubierto por las autoridades que tienen obligación de investigar.

Al emblemático caso de Roberth Tzab, también fallecido en condiciones que obligaban a suponer e investigar tortura pero que ha requerido tres amparos y diversos recursos para evitar que la fiscalí­a cierre la investigación, se suman varios casos más, como el del joven acusado de robar un bulto de cemento, al que le simularon una violación. Los responsables, plenamente identificados, no han sido debidamente sancionados.

Recientemente se hicieron públicos otros casos de tortura, como el del adolescente con discapacidad torturado por policí­as de Chemax y la tortura cometida en contra de otro adolescente en Conkal por elementos de la Gendarmerí­a de la Policí­a Federal, apenas en abril pasado.

Por su parte, policí­as estatales de Yucatán han hecho de la tortura y otros tratos crueles, humillantes y degradantes parte de cualquier detención y eso es tolerado por las autoridades.

El insistente y contumaz encubrimiento constituye un crimen y es precisamente eso lo que ha evitado erradicar la tortura del estado.

Exigimos a las autoridades una investigación inmediata, basada en los más altos estándares y en los protocolos internacionales en materia de tortura que lleven a esclarecer los hechos con efectividad, así­ como a identificar a todas las personas que tengan alguna responsabilidad en el fallecimiento de William Roberto o en la inadecuada investigación, si fuera el caso, y sancionarlas de acuerdo a la gravedad de sus responsabilidades.

Exigimos reparación y garantí­as de no repetición.

Equipo Indignación A.C.

27 de mayo de 2016

Graciela Machuca

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