A pesar de sus obligaciones constitucionales, la XVI Legislatura de Quintana Roo prioriza intereses políticos a los derechos humanos de la sociedad

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Necesariamente Incómoda

Graciela Machuca Martínez

Cuando la clase política se siente la dueña de los destinos de un estado como es Quintana Roo, lo que sale a relucir es el cinismo, la desvergüenza y la cultura patrimonialista de la administración pública, quienes hacen política y tienen un encargo constitucional que desahogar, se sienten dueños del futuro de un pueblo y alegan que tienen las facultades y el derecho de decidir cuando y como respetar los derechos humanos de la sociedad quintanarroense.

Lo que está sucediendo en el Congreso de Quintana Roo, al tener en la congeladora el caso para nombrar a quien debe presidir la Comisión Estatal de Derechos Humanos, es motivo para reclamar responsabilidades por lo menos administrativas a quienes integran las diferentes fracciones parlamentarías, porque se niegan a realizar el nombramiento, simplemente porque no les salió la jugada de nombrar a la diputada con licencia Judith Rodríguez Villanueva, como ya lo tenían pacto en un principio, a tal grado que al iniciar el proceso formal le autorizaron la licencia para separarse del cargo y luego regresar a tomar protesta como la nueva ombudsperson de Quintana Roo.

Pero los cálculos les salieron mal, la facción panista con Eduardo Martínez Arcila al frente pidió su cuota de poder dentro del organismo público defensor de los derechos humanos pero al no haber acuerdo prefirieron privar al pueblo de Quintana Roo de un derecho que tiene para que el organismo opere con normalidad, porque actualmente, se encuentra en un estado de zozobra, porque la persona que funge como presidente interino no está como encargado del despacho, no tiene capacidad de gestión y mucho menos de planeación como lo exige la ley.

La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Décimo Sexta Legislatura, Rosario Ortiz Yeladaqui, quien sustituyó a Judith Rodríguez, ha declarado que no hay plazos ni términos legales y que la legislatura no incurre en irregularidades ni atropellos a la ley al no haber designado a un nuevo titular del organismo.
Después del proceso para conocer los perfiles de quienes aspiran a este cargo, hay una lista de diez personas que podrían desempeñar el referido cargo, desde luego que en esa lista se encuentra Judith Rodríguez, pero los intereses políticos y económicos de los grupos parlamentarios y los agentes externos al Poder Legislativo que toman las decisiones, impiden resolver este asunto.

Cuando Rodríguez Villanueva solicitó licencia ya había dejado “planchado” todo el proceso, a Ortiz Yeladaqui solo le tocó ejecutarlo, y ahora se lava las manos al decir que ella ya cumplió y que el asunto ahora está en manos de la mesa directiva, instancia que debe decidir cuándo será sometida al pleno la minuta respectiva.
Mientras tanto, Eduardo Martínez Arcilla, quien hace hasta lo imposible por ser quien designe a la persona que presidirá la referida comisión, argumenta que son presiones externas al poder legislativo las que pretenden seguir retrasando la designación de la persona titular.

Para él es inaceptable que se esté procurando que la designación se concrete hasta que ya se obtengan los resultado de la jornada electoral del 5 de junio, pues podría quedar en “entre dicho” la autonomía del Poder Legislativo de Quintana Roo.

A las y los integrantes de la XVI Legislatura de Quintana Roo hay que recordarles el que párrafo tercero del Artículo Primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es muy claro sobre sus obligaciones respecto a garantizar los derechos humanos al decir que: “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”.

Si la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo no tiene nombrada a la persona que deba presidirla, es una responsabilidad del Congreso, cuyos integrantes juraron respetar la Constitución y hasta el momento no lo han hecho, porque son más fuertes sus compromisos políticos y económicos que los derechos del pueblo de Quintana Roo.

Los párrafos tercero y cuarto de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo afirman:
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de la materia, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Párrafo adicionado POE 06-03-2019.

Todas las autoridades estatales, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado de Quintana Roo, deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Quizás a las diputadas y diputados locales de Quintana Roo se les haya olvidado o no conozcan el contenido del Artículo 51 BIS de la Constitución estatal que dice lo siguiente;

Esta constitución reconoce que los órganos públicos autónomos, tendrán personalidad jurídica y patrimonio propios, plena autonomía técnica, de gestión, independencia funcional y financiera, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna. Los titulares de los órganos públicos autónomos, así como los servidores públicos que en ellos presten sus servicios, se sujetarán a las disposiciones contenidas en esta Constitución y demás leyes que de ella emanen. Cada uno de los nombramientos de las personas titulares o de los integrantes de los órganos colegiados de los órganos públicos autónomos se realizarán en apego al principio de paridad de género. En la estructura orgánica de estos órganos se promoverá este principio. Párrafo adicionado POE 14-07-2020. Los órganos públicos autónomos deberán regirse bajo los lineamientos de Estado Abierto, en donde se garantizará la transparencia, la rendición de cuentas, la participación ciudadana y la colaboración e innovación.

Desde luego que estos principios no los conocen quienes integran la XVI Legislatura deq la entidad.

El Artículo 75 de la Constitución local, referente a las facultades del Poder Legislativo dice:

XLV.- Designar, mediante el procedimiento que la ley determine, al Presidente y a los integrantes del Consejo Consultivo de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo, así como recibirles la protesta de ley.

Ni la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ni la misma Ley que crea la Comisión de Derechos Humanos de Quintana Roo le da facultades al Congreso para que nombren el presidente de esta comisión cuando se le de la gana, de acuerdo a los intereses político de quienes integran la Legislatura.

En las mismas circunstancias está el nombramiento de la persona que debe presidir la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, mientras tanto el numero de casos que atender sigue en aumento.

Graciela Machuca

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