Deben tribunales proteger derechos de las mujeres

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Soledad Jarquí­n Edgar

Es es indispensable que los tribunales de justicia se consoliden como actores fundamentales de defensa y protección de los derechos y las libertades de las mujeres, ya que través de sus sentencias se crean o se modifican circunstancias de vida.
Así­ lo seí±aló la abogada y catedrática, Faviola Esquivel Alcántar, al participar aquí­ en las jornadas de trabajo que se desarrollan en el marco del centenario del Primer Congreso Feminista de Yucatán, que reune a activistas y académicas para discutir y reflexionar sobre el pasado, presente y futuro del feminismo mexicano que también cumple sus primeros cien aí±os.
La catedrática de la Facultad de Derecho de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP), quien presentó la ponencia Acceso a la justicia para las mujeres: La influencia del Primer Congreso Feminista de 1916, destacó que hablar sobre el acceso a la justicia para las mujeres, es hablar de la incorporación de la perspectiva de género como una herramienta legal obligatoria.
En ese sentido, la especialista sostuvo que es indispensable poner en práctica el marco normativo que nuestro paí­s posee a favor de los derechos humanos de las mujeres y los compromisos del paí­s a través de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las Mujeres ”Convención Belem do Parờ, y la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDEAW).
Además de dar cumplimiento a las sentencias y medidas de reparación emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la que México ha sido declarado responsable por violaciones a derechos humanos en casos emblemáticos como Campo Algodonero.
Por ello, recalcó hablar sobre el acceso a la justicia para las mujeres, es hablar de incorporar la perspectiva de género como una herramienta legal obligatoria que permita identificar, atender y modificar los factores estructurales que han perpetuado la discriminación, los prejuicios y los sesgos de género que limitan a las mujeres el acceso pleno a este derecho.
”Cuando hablamos de juzgar con perspectiva de género nos referimos a incorporarla a aquellos procesos en donde las mujeres son ví­ctimas de violencia, sobrevivientes de violencia, pero también posibles infractoras».
Dijo que la mayorí­a de las mujeres que están dentro de los centros de readaptación en nuestro paí­s, están por delitos contra la salud, y que el perfil de estas mujeres -según un Estudio de Briseí±o en el 2006, ella realizó una investigación en las cárceles de Atlacholohaya, Morelos; Guadalajara, Jalisco; Los Mochis, Sinaloa y Cerro Hueco, en Chiapas-.
Tambien se encontró que la reclusa promedio es adulta joven, casada o en unión libre, madre de tres o más hijos, con un nivel de educación básico, con una clase social baja, dedicadas a las labores domésticas, el comercio a aun empleo pobremente remunerado.
Lo cual pone en evidencia que ellas también de una u otra manera son ví­ctimas de este propio sistema que las margina, la empobrece, las violenta y las discrimina.
Faviola Esquivel Alcántar, joven especialista en Derecho, subrayó que existen obstáculos para que las mujeres puedan acceder a justicia, el primero de los que menionó es la conciliación en casos de violencia contra los mujeres en los juzgados familiares; que el hostigamiento y el acoso sexual permanezcan en la impunidad y no existan medidas contundentes para prevenirlo y sancionarlo.
De igual forma dijo es un obstáculo que las autoridades que administran e imparten justicia las criminalicen cuando han sido ví­ctimas de una violencia en su contra, o que no exista una cobertura de salud integral que les brinde atención médica; que se les estigmatice o se les cuestione su vida privada en caso de desaparición de mujeres, y finalmente que quienes administran y procuran justicia reproduzcan estereotipos que discriminan y violentan a las mujeres.

Graciela Machuca

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