Miradas de reportero: Desmadre legislativo en protección a periodistas.

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Por Rogelio Hernández López

Les cuento que durante todo agosto colegas de Querétaro, Michoacán, Morelos Puebla y Tlaxcala solicitaron apoyo y opiniones sobre las iniciativas de ley de protección al periodismo que se cocinan en sus congresos locales, al parecer al vapor; sus temores podrí­an resultar porque ni diputados ni periodistas hallan una ley estatal prototí­pica. Y cuando se aproximen a saber lo que se ha legislado para proteger periodistas sabrán que, literalmente dicho, eso es un desmadre.

Lo que debiera ser un panorama alentador, por las intenciones de protección, es el proscenio del desconcierto de normas, de intenciones fuera de cauce. Veamos. En un texto anterior les informé que todo el paí­s ya se registra una ley federal y 20 leyes estatales que pretenden proteger al periodismo; que 29 iniciativas similares esperan para ser dictaminadas; y que ya también se comenzaron a tipificar los delitos contra el periodismo en 4 códigos penales, aparte del federal.

Para saber qué significa eso se tiene que revisar contenidos y compararlos con el derecho y las prácticas internacionales, evaluar si logran la mí­nima pertinencia; rastrear si crearon órganos para su aplicación, si cuentan con reglamentos, vigilancia social, y contrastar si todo este nuevo andamiaje está evitando y castigando agravios a periodistas. Todo indica que no, las agresiones persisten. Además se sigue legislando con falta de concertación y un sentido definido.

En una primera aproximación al tema, vací­e en un banco de datos las normas, leyes e iniciativas vinculadas a la protección de periodistas. Y con eso inicié una primera comparación y derivé algunas reflexiones como reportero veterano que conoce más o menos bien el tema. (El análisis completo tendrán que hacerlo personas más capacitadas en derecho comparado y sociólogos que sí­ entiendan el fenómeno de agresiones al periodismo). Les comparto.

TRES DE FOMENTO.

De las 20 leyes aprobadas por los congresos locales tres fomentan dependencia de periodistas y corrupción entre ellos y el gobierno, aunque sean bien intencionadas, porque quieren conceder prestaciones sociales a periodistas como salud, vivienda, enseres y equipos, educación para ellos y sus hijos, seguros de vida y hasta préstamos para vacaciones.

Por ejemplo la Ley Núm. 463, para el Bienestar Integral de los Periodistas del Estado de Guerrero, publicada el 17 de mayo de 2002 y actualizada en 2013. Cuenta con un fondo financiero repartible para los agremiados en las organizaciones registradas. Cada aí±o aparecen más organizaciones en la entidad y son más recurrentes las quejas de que se benefician quienes no son periodistas.

Otro caso similar de ”fomento» es la Ley para el Desarrollo y Protección Social de los Periodistas del Estado de Baja California, que entró en vigor antes de la guerrerense. Cuando fue reformada el 13 de Septiembre de 2013, organizaciones serias de periodistas demandaron que ya no se aplicara por fomentar la corrupción y porque su definición de periodista es tan amplia que los primero en anotarse como beneficiarios fueron funcionarios públicos en áreas oficiales de difusión.

La tercera de ese tipo se aprobó 7 de junio de 2012. Se llama Ley para el Desarrollo y Protección de los Periodistas del Estado de Morelos. Tiene casi los mismos contenidos e intenciones que las de Guerrero y Baja California. No ha sido promulgada por varias razones: periodistas jóvenes se oponen a que sea otra ”ley del chayo», porque crea dependencia y porque, dicen con razón, se necesita otro tipo de ley. La causa fundamental es que el gobierno de Graco Ramí­rez hizo cuentas y no le alcanzarí­an los recursos para conceder prestaciones sociales que corresponden a las empresas donde trabajan los periodistas.

CINCO PARA SECRETO PROFESIONAL

De las 20 leyes vigentes en entidades, en 2006 comenzó la tendencia a querer proteger el Secreto Profesional. Se reformó el Código Penal Federal para eso y algunos congresos estatales comenzaron a replicar la intención. Pero, poco a poco se hicieron anacrónicas porque se concentran en un solo derecho, o tangencialmente de tres más, cuando ya se reconocen internacionalmente más de 12 derechos para el ejercicio del periodismo. De este tipo son cinco y la última fue aprobada por el desconcertado Congreso de Guanajuato apenas en noviembre de 2014.

De ellas algunas se llaman del Secreto Profesional Periodí­stico y otras del Periodista. En el Distrito Federal se publicó en 2006; en Sonora el 28 de abril de 2011, en Chihuahua el 28 de junio de 2011; en Querétaro el 6 de julio de 2012 y en Guanajuato. Dos de ellas reconocen implí­citamente derechos el de acceso a los actos públicos y la cláusula de conciencia.

Las cinco se hicieron anacrónicas por limitadas y tendrán que actualizarse frente a las nuevas en los estados que incorporan más derechos, comenzando por el de ser protegidos. Mientras se estimuló el abigarramiento de leyes relativas.

CUATRO DE PROTECCIí“N EN DESCONCIERTO

Entre el total de 20 leyes estatales donde se refleja más la falta de conocimientos afines o de coordinación con otros congresos, es en las cuatro enfocadas directamente a la protección.

La primera de este tipo fue la federal para personas defensoras de los derechos humanos y periodistas promulgada en junio de 2012. Su diseí±o, que no ha podido instrumentarse correctamente, se originó en organizaciones sociales y de periodistas, pero esto no fue copiado en los remedos que resultaron en Coahuila con el nombre de Ley para la Protección y Garantí­a de la Libertad de Expresión de las y los periodistas (julio de 2014) y en Durango, que también se amplí­o para defensores (diciembre de 2014) y en la que se menospreciaron las propuestas de periodistas y otras organizaciones para legislar al vapor.

De este tipo, hay dos muy singulares. La de Veracruz es la Ley No. 586 de la Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas (diciembre de 2012), que en los hechos se convirtió en una ventanilla de apoyo para muchos periodistas, incluso de capacitación pero que no reglamentó un instrumento para la protección cautelar ni capacitó especialistas y no reconoció otros derechos. Quizá por eso también allí­ siguen a la alza las agresiones y asesinatos y periodistas.

La segunda singular es del Distrito Federal llamada Ley para la Protección Integral de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas (agosto de 2015) que superó a la federal en varios sentidos, sobre todo por un instrumento autónomo y por la representación social para vigilancia; pero no es integral realmente porque se restringió a protección cautelar aunque otorgará prestaciones sociales temporales a los periodistas y defensores que llegasen a refugiarse a la capital del paí­s por riesgos altos en sus entidades.

Hasta aquí­ se refleja el desconcierto de los congresos locales, el abigarramiento de concepciones legislativas distintas. En doce leyes tres tipos y sentidos diferentes con la misma intención de proteger. Todo sin un cauce único que podrí­an dar las normas y prácticas internacionales o al menos asesores especializados. Es un desmadre.

Todaví­a falta examinar las leyes que reconocen más derechos, las que agregan protección y las de tipo integral que también aí±aden algunas polí­ticas de fomento no corrompedor, como la capacitación profesional continua. Falta probar que los poderes Ejecutivos son remisos porque exageran la lentitud para la aplicación de las leyes aprobadas. Eso lo revisaremos en otra Mirada de reportero. (Nota.- Si alguien tener el concentrado de datos, solicí­telo a rogeliohl111@gmail.com)

Graciela Machuca

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